Un tribunal surcoreano suspende hasta el 29 de mayo la prohibición parcial de actividad impuesta por la FIU a Coinone
Un tribunal de Corea del Sur ha concedido un alivio relevante al exchange de criptomonedas Coinone al suspender de forma temporal la prohibición parcial de actividad dictada por la Financial Intelligence Unit (FIU). La medida cautelar estará vigente hasta el 29 de mayo y frena, por ahora, una sanción que habría limitado con dureza su operativa.
La decisión fue emitida el 25 de abril de 2025 por el Tribunal Administrativo de Seúl. El juez ordenó paralizar provisionalmente la ejecución de la sanción de la FIU, que incluía una multa de 5,2 mil millones de wones y una suspensión parcial de negocio durante tres meses. El tribunal subrayó que se trata de una medida preliminar y no de un pronunciamiento definitivo sobre el fondo del litigio, y que su finalidad es permitir una revisión judicial completa de la resolución del supervisor.
La FIU, organismo dependiente de la Financial Services Commission (FSC), impuso la penalización el 13 de abril de 2025 tras concluir que Coinone había vulnerado la Ley de información sobre transacciones financieras específicas (Act on Reporting and Using Specified Financial Transaction Information). Según el regulador, el exchange no habría reportado adecuadamente transacciones sospechosas y habría aplicado controles insuficientes de diligencia debida sobre clientes. La sanción debía comenzar el 29 de abril e impedía que nuevos clientes transfirieran activos virtuales, una restricción que afectaría de forma directa a la captación de usuarios.
La multa de 5,2 mil millones de wones (aproximadamente 3,9 millones de dólares) figura entre las más elevadas aplicadas a un exchange cripto en el país. La suspensión parcial se centraba en el alta de nuevos clientes; los usuarios existentes, en principio, no se verían afectados. Aun así, el veto a la incorporación de nuevos usuarios habría lastrado el crecimiento y debilitado la posición competitiva de Coinone.
En su investigación, la FIU sostuvo que Coinone no habría cumplido con sus obligaciones bajo la normativa, que exige comunicar operaciones sospechosas y aplicar verificación de identidad estricta. El regulador apuntó a debilidades de carácter sistémico en el marco de cumplimiento del exchange, que, presuntamente, facilitaron el paso de fondos ilícitos por la plataforma, en línea con una estrategia de endurecimiento de estándares en el sector.
El tribunal justificó la suspensión cautelar en varios elementos. Por un lado, consideró el riesgo de un daño difícilmente reparable para el negocio y la reputación de Coinone si se mantenía durante tres meses el bloqueo a nuevas altas. Por otro, apreció indicios de posibles defectos procedimentales en la actuación de la FIU que podrían afectar a la validez jurídica de la sanción. También valoró el interés público: una interrupción más severa podría generar efectos de arrastre en el mercado cripto y dañar la confianza de los consumidores.
La resolución abre un periodo para examinar a fondo las pruebas del supervisor y para que Coinone articule su defensa. El fallo definitivo sobre la legalidad de la penalización se conocerá más adelante y podría demorarse varios meses. Mientras tanto, Coinone puede operar con normalidad y seguir incorporando nuevos clientes, lo que le concede margen para reforzar sus sistemas de cumplimiento.
En un mercado dominado por Upbit y Bithumb, la continuidad de la captación de usuarios es clave para Coinone, que ha tenido dificultades para sostener cuota. La decisión judicial también es seguida de cerca por el sector: la FIU ha intensificado en los últimos meses su presión sobre los exchanges con multas y suspensiones, y el desenlace del caso podría marcar criterio sobre cómo los tribunales abordan futuras disputas regulatorias e influir en el enfoque de supervisión.
Cronología
- 13 de abril de 2025: la FIU impone a Coinone una multa de 5,2 mil millones de wones y ordena una suspensión parcial de actividad durante tres meses.
- 25 de abril de 2025: el Tribunal Administrativo de Seúl concede la suspensión temporal de la sanción.
- 29 de abril de 2025: fecha prevista de inicio de la suspensión, paralizada por orden judicial.
- 29 de mayo de 2025: vence la suspensión temporal; el tribunal podría prorrogarla o emitir un fallo definitivo.
Algunos expertos legales interpretan la decisión como un freno significativo al poder sancionador cuando no se acreditan procedimientos plenamente sólidos. Un abogado financiero con sede en Seúl citado en medios señaló que el tribunal "envía un mensaje claro de que la FIU debe seguir los procedimientos adecuados", y recalcó que no se trata todavía de un pronunciamiento sobre el fondo.
Para los inversores, la medida aporta estabilidad en el corto plazo: los usuarios actuales pueden seguir operando sin interrupciones y los nuevos clientes pueden registrarse durante la vigencia de la suspensión. La disputa, no obstante, sigue abierta; si el tribunal termina avalando la sanción de la FIU, la restricción podría reactivarse más adelante. El caso también vuelve a poner el foco en la importancia del cumplimiento normativo: fallos en controles y reportes pueden traducirse en multas, vetos operativos y daño reputacional.
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